Si fabrica empaques, envasa alimentos o exporta a Europa, el Reglamento (UE) 2025/40 —el PPWR— ya le toca, aunque su empresa no tenga una sola oficina en la Unión Europea. Aplica desde el 12 de agosto de 2026 y cambia quién paga por el envase, qué datos debe poder demostrar y qué diseños seguirán entrando al mercado. El jueves 12 de noviembre de 2026, a las 4:00 p. m. (hora de Colombia), el Prof. Ing. Iván H. Rodríguez B. dicta un webinar gratuito para explicarlo.
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El que contamina paga: la responsabilidad extendida del productor
El PPWR desarrolla un principio sencillo: quien pone un envase en el mercado responde por lo que ocurre con él cuando se convierte en residuo. Es la responsabilidad extendida del productor, y en la práctica se traduce en una contribución económica por cada envase que se vende en la Unión Europea.
Lo que cambia con el reglamento es cómo se calcula esa contribución. Las tarifas se modulan según la reciclabilidad: un envase que se recicla bien paga menos y uno que se recicla mal paga más. La modulación la aplica cada país a través de sus organizaciones de gestión, así que no existe una tarifa europea única.
Para un fabricante latinoamericano el pago no llega directo, pero sí llega: su cliente europeo es quien paga, y lo hará saber en la siguiente negociación de precios o en la siguiente orden de compra.
Por qué importa a los fabricantes de empaques
El empaque deja de venderse solo por su desempeño técnico y su precio. Empieza a venderse también por lo que se puede demostrar sobre él. Un converter que atiende clientes que exportan se enfrenta ya a preguntas que antes no existían:
- ¿Qué tan reciclable es el empaque que usted fabrica? Con estructuras multicapa, una capa de aluminio o un laminado difícil de separar, la respuesta puede dejar al envase en una clase baja.
- ¿Qué contiene? El reglamento fija límites para muchas sustancias; como metales pesados, y para PFAS en envases en contacto con alimentos. Si usa tintas, adhesivos, recubrimientos o barreras antigrasa, necesita la declaración de sus proveedores. Sobre los PFAS puede ampliar en nuestro artículo sobre PFAS en el empaque.
- ¿Puede documentarlo? Todo envase que entre al mercado europeo debe estar respaldado por una Declaración UE de conformidad y un expediente técnico. El comprador va a pedirle los datos para armarlos.
El fabricante que llega con esa información lista se vuelve un proveedor más fácil de aprobar. El que no, se arriesga a que su cliente busque a otro.
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Por qué importa a los fabricantes de alimentos
El envase es parte del producto que usted vende. Si el empaque queda fuera de norma, la mercancía no entra, aunque el alimento esté perfecto. Para quien envasa alimentos, tres puntos pesan más que los demás:
- Contacto con el alimento. Los límites de PFAS aplican precisamente a los envases en contacto con alimentos.
- La decisión de diseño es suya. Cambiar un empaque implica validar barrera, vida útil, maquinaria y estabilidad. Rediseñar una estructura con aluminio, por ejemplo, puede tomar entre 12 y 18 meses. Quien empieza tarde no alcanza.
- El proveedor de empaque es parte de su cumplimiento. Si el proveedor no le entrega los datos, usted no puede responder a su comprador.
También pesa un segundo reloj: el reglamento de deforestación de la UE (EUDR) alcanza a empresas grandes y medianas el 30 de diciembre de 2026 y a las micro y pequeñas el 30 de junio de 2027, y toca todo envase con papel, cartón o madera.
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Por qué importa a los exportadores a Europa
Es el error más común: pensar que el PPWR no aplica porque la empresa está en Colombia, Perú, Ecuador o México. El reglamento obliga a quien introduce el envase en el mercado europeo, es decir, al importador o al distribuidor. Pero ese actor resuelve su obligación de la única forma posible: pidiéndole la documentación a usted. El requisito llega por orden de compra, no por gaceta oficial.
Además, la obligación no se detiene si exporta a través de un distribuidor. El distribuidor tiene la misma necesidad de datos y los va a exigir. Quienes lleguen con la información en regla tendrán ventaja frente a competidores que todavía no la tienen. Puede leer el panorama general en nuestro artículo qué es el PPWR y por qué aplica a los exportadores.
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Clases de reciclabilidad: qué tan reciclable es su envase
El reglamento clasifica los envases en clases de desempeño de reciclabilidad, de A a E, según qué porción del envase es reciclable en peso. Los criterios de detalle los fijará la Comisión Europea mediante actos posteriores, previstos para 2028. El diseño para reciclaje se exige a partir de 2030, o 24 meses después de esos actos si la fecha es posterior. Los envases con clases bajas dejarán de poder venderse en fechas que también quedan por precisar.
Un ejemplo concreto: un envase flexible de chocolate con BOPP de 20 micras y una capa de aluminio de 9 micras. El aluminio representa cerca del 57 % del peso. Como supera con creces la excepción del 5 % para materiales minoritarios, ese envase no se considera reciclable. Cuanto antes se identifique, más tiempo hay para rediseñarlo.
A esto se suma el contenido reciclado mínimo, que empieza en 2030 y varía según el tipo de envase. La metodología para calcularlo y verificarlo también se definirá en actos de ejecución.
La huella de carbono: lo que el reglamento exige y lo que no
Hay una pregunta que se repite en las ferias y en las licitaciones: ¿cuál es la huella de carbono de los empaques que usted fabrica? Conviene ser claros. En el texto del PPWR no encontramos una obligación general de declarar la huella de carbono ni de hacer un análisis de ciclo de vida. El reglamento favorece una menor huella de forma indirecta, a través de la reciclabilidad, el contenido reciclado y la reducción de residuos.
Eso no significa que pueda ignorar el tema. Los compradores europeos ya piden esos datos por su cuenta, y quien los tenga documentados parte con ventaja.
Y el Pasaporte Digital de Producto
El Pasaporte Digital de Producto (DPP) nace del Reglamento (UE) 2024/1781 y se activa por grupos de productos, mediante actos delegados. Los primeros grupos prioritarios del plan de trabajo 2025–2030 son hierro y acero, aluminio, textiles, muebles, neumáticos y colchones. El envase no figura entre ellos.
La conexión con el PPWR es esta: cuando el producto envasado esté sujeto a un pasaporte digital, la información del envase debe viajar en ese mismo pasaporte. No habrá dos sistemas paralelos. Por eso conviene empezar a capturar desde ya datos del material, del contenido reciclado y de las sustancias presentes, aunque la obligación aún no se haya activado para su producto. Ampliamos el tema en PPWR y Pasaporte Digital de Producto.
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El webinar del 12 de noviembre
La sesión dura 60 minutos y es de trabajo, no de contexto. Se cubre qué envases alcanza el PPWR y cómo saber si el suyo entra, la Declaración UE de conformidad y el expediente técnico, los límites de PFAS y metales pesados y qué pedirle a su proveedor, la responsabilidad extendida y las clases de reciclabilidad, la relación con el Pasaporte Digital de Producto y el calendario de fechas.
Lo dicta el Prof. Ing. Iván H. Rodríguez B., director de Envapack.com, con cuarenta años en ingeniería de envases y embalajes y miembro de la Society of Plastics Engineers (SPE).
| Fecha | Jueves 12 de noviembre de 2026 |
| Hora | 4:00 p. m. Bogotá, Lima, Quito y Panamá (3:00 p. m. en Ciudad de México) |
| Duración | 60 minutos |
| Modalidad | En línea |
| Costo | Gratuito, con registro previo |
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Preguntas frecuentes
¿Por qué un fabricante de empaques en Latinoamérica debería preocuparse por una norma europea?
Porque sus clientes que exportan van a exigirle datos y diseños que cumplan. La obligación legal recae en quien pone el envase en el mercado europeo, pero la documentación la tiene que aportar quien lo fabrica.
¿Qué significa «el que contamina paga»?
Que el productor financia la gestión de los residuos de sus envases. En el PPWR, esa contribución se modula según qué tan reciclable sea el envase.
¿El PPWR obliga a declarar la huella de carbono?
No encontramos una obligación general en el texto. El tema se aborda de forma indirecta por reciclabilidad y contenido reciclado, aunque muchos compradores la piden.
¿Un fabricante de alimentos que exporta debe revisar su envase aunque el comprador no lo haya pedido?
Sí, conviene hacerlo antes de que lo pidan. Si el envase queda fuera de norma, la mercancía puede no entrar, y rediseñar una estructura puede tomar más de un año.
¿Habrá grabación?
No, Los registrados reciben la información de acceso.
¿Dónde puedo profundizar?
Envapack dicta el Seminario Intensivo PPWR los días 3 y 4 de diciembre. Información en seminarios@envapack.com.
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Consultas: seminarios@envapack.com
